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Beneficios del Papayazo Tributario a los arrendadores en Cali

Además de ofrecer el 100 por ciento de descuento en los intereses de mora en impuestos, tasa, contribuciones y multas distritales hasta el 31 de agosto, el Papayazo Tributario 2021, también otorga un 50 por ciento de descuento en el Impuesto Predial Unificado (IPU) para quienes cumplan los siguientes requisitos:

 

1. Contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio (ICA)

Aquellos contribuyentes que hayan tenido una disminución de al menos un 20% en sus ingresos brutos en el año 2020, en relación con el año 2019. Los requisitos para obtener ese descuento son:

  • Haber presentado su declaración por el año gravable 2020 dentro de las fechas establecidas por la Administración Distrital.
  • Encontrarse al día en el pago del Impuesto Predial en la vigencia 2020 y anteriores
  • El beneficio aplica sólo para el predio o los predios en donde se desarrolle el objeto de la actividad económica.

2. Arrendadores de inmuebles rentistas de capital

Aquellas personas naturales rentistas de capital que demuestren una disminución del 20% en sus ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles de uso comercial en el año 2020 respecto del año 2019. Los requisitos para obtener este descuento son:

  • Adjuntar a la solicitud juramentada, certificación de contador público que refleje la disminución, junto con la fotocopia de la tarjeta profesional.
  • Demostrar con fotocopia del recibo de servicios públicos, la disminución en el consumo de los mismos, donde se evidencie que el predio no estaba alquilado u habitado.
  • El incentivo solo aplica sobre el Impuesto Predial del inmueble arrendado.

3. Arrendadores que pactaron disminución de canon

Aquellos arrendadores de bienes inmuebles de uso comercial que otorgaron a sus arrendatarios una disminución de al menos 10% del canon para la vigencia fiscal 2021 respecto de la vigencia fiscal 2020. Los requisitos para obtener el descuento son:

Adjuntar a la solicitud juramentada, el acuerdo de voluntades firmado por arrendador y arrendatario, autenticado en notaría, donde demuestre que se pactó la disminución por un valor mayor al 10% del valor del canon de arrendamiento.

  • Adjuntar copia del contrato de arrendamiento, con el fin de evidenciar que el descuento otorgado es de por lo menos de un 10%.
  • El beneficio será para el predio en donde se desarrolla la actividad comercial.
  • Aplica para personas jurídicas y naturales.

4. Contribuyentes del ICA que desarrollan su actividad comercial en inmueble de uso residencial de su propiedad.

Aquellos contribuyentes del ICA que hayan presentado su declaración del año gravable 2020 dentro de los plazos establecidos y que desarrollen su actividad comercial en un inmueble de uso residencial de su propiedad. Los requisitos para obtener el descuento son:

  • Adjuntar a la solicitud juramentada, copia vigente del certificado de libertad y tradición del inmueble objeto del beneficio con vigencia no menor a tres meses.
  • Aplica para predios de cualquier uso siempre que allí se desarrolle la actividad comercial.

Es importante anotar que el 50 por ciento del que trata este beneficio, corresponde al 35% del Incentivo para el pago del Impuesto Predial 2021, más el 15% de descuento vigente por pronto pago.

Los contribuyentes que deseen aplicar a este incentivo, deberán acercarse al Centro Administrativo Municipal, CAM, o a los Centros de Atención Local Integrada, CALI, hasta el 30 de julio de 2021 para la radicación de los documentos que los acreditan como beneficiarios del mismo.

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Fuente: Alcaldía de Cali

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