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Arrendamientos suben 4,09% este año

ENERO 05 DE 2018 – 07:38 P.M.

El incremento, atado a la inflación, solo se aplica cuando los contratos cumplen doce meses.

La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) reveló que esté año los cánones de arrendamiento de vivienda urbana se podrán incrementar hasta el 4,09%, es decir, lo mismo que la inflación causada durante el año anterior, según lo establecido en la Ley 820 del 2003.
(Lea: Inflación durante 2017 fue de 4,09%)

Según la presidenta de la entidad, María Clara Luque, “el incremento tiene amplio impacto entre la población colombiana, pues afecta a miles de familias que viven en arriendo así como a los propietarios de las unidades que devengan sus ingresos de este negocio“.
(Lea: En el 2017 el aumento de los inmuebles fue del 5,21% en promedio)

La dirigente del gremio que agrupa a los profesionales inmobiliarios aclaró que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero, sino cuando el contrato cumple doce meses de haberse firmado o con base en el último incremento.
Así mismo, agregó que el aumento definido es legal, siempre y cuando “no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de este que se encuentre alquilada”.
Según Luque, los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de inmuebles de uso comercial. En estos casos, tanto el valor como el alza deberán acordarse entre las partes o de acuerdo con lo consignado en el contrato.
PARA TENER EN CUENTA
A la hora de pactar el negocio, Fedelonjas les recuerda a los arrendadores y arrendatarios tener en cuenta lo siguiente:
Insiste en que el incremento es aplicable solo al momento de la renovación del contrato, previa comunicación por parte del arrendador, quien es libre de aplicar el ajuste o abstenerse de hacerlo si prefiere mantener el contrato por más tiempo.
Además, el arrendatario puede exigir la terminación de lo pactado por escrito sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas, si el arrendador aumenta el canon por encima de lo establecido en la ley. La notificación del aumento del valor y la fecha en que se empezará a regir se debe hacer por escrito y a través de correo certificado, o mediante lo acordado en el documento firmado por las partes.
Algo clave es que el alza en los contratos suscritos antes del 10 de julio del 2003, no podrá superar la meta de inflación fijada por el Banco de La República para el 2017.
Finalmente, Luque recomendó elegir siempre un profesional inmobiliario de reconocida trayectoria que elabore contratos con todas las condiciones legalesy que, además, resguarde los derechos de las partes ayude a elegir el bien más rentable.
Fuente: http://www.portafolio.co/economia/cuanto-suben-los-arriendos-en-2018-513033aAA